Entregable cuatro: Obligaciones de patrones y trabajadores al servicio del estado en el Reglamento de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente en el Trabajo del Sector Público Federal.

 Obligaciones de patrones y trabajadores al servicio del estado en el Reglamento de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente en el Trabajo del Sector Público Federal.

Antes de abordar el tema, es necesario tener claro que cuando se celebra un contrato de trabajo, sea escrito o verbal, surge una relación jurídica entre las partes que intervienen en éste. Y, por tanto, una relación jurídica pregonada de derechos y obligaciones. Todo contrato de trabajo celebrado de manera formal, verbal o de cualquier otra índole, siempre y cuando se demuestre la relación laboral entre el patrón y el trabajador, crea derechos y obligaciones para las partes que intervienen. Estos derechos y obligaciones se encuentran consignados en la Ley Federal del Trabajo, para hacer cumplir estas reglas y leyes se cuenta con el Reglamento de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente en el Trabajo del Sector Publico Federal, en su articulo 1:

“El presente Reglamento es de orden público e interés social, y tiene por objeto establecer las medidas obligatorias que se deben llevar a cabo en las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, encaminadas a prevenir accidentes y enfermedades de trabajo, a mejorar las condiciones de seguridad e higiene en el ámbito laboral y a propiciar un medio ambiente adecuado para los trabajadores, así como regular las atribuciones del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado en dichas materia.” Reglamento de Seguridad e Higiene y Medio Ambiente del Sector Público Federal (2020).

Dándonos cuenta que independientemente de la procedencia de la empresa, mientras este en territorio federal debe cumplir con las normas y leyes establecidas, en el artículo 5to, nos dice que las disposiciones de este Reglamento deberán ser cumplidas en cada centro de trabajo por los patrones o sus representantes y los trabajadores, de acuerdo a la naturaleza de la actividad económica, los procesos de trabajo y el grado de riesgo de cada empresa o establecimiento y constituyan un peligro para la vida, salud o integridad física de las personas o bien, para las propias instalaciones. En el articulo 14, nos dice que es responsabilidad del patrón que se practiquen exámenes médicos de ingreso, periódicos y especiales a trabajadores expuestos a los agentes físicos, químicos, biológicos y psicosociales de los centros de trabajo, de entre otras obligaciones del patrón podemos encontrar: es que debe informar a los trabajadores los riegos a los cuales están expuestos.

Hablando de la obligaciones de los trabajadores : en el Capitulo tercero, articulo 18 que los trabajadores deben de observar las medidas preventivas de seguridad e higiene, designar a sus representantes y participar en la integración y funcionamiento de la comisión de seguridad e higiene en el centro de trabajo al cual presten servicios, participar en los cursos de capacitación y adiestramiento que en materia de prevención, riesgo y atención de emergencias sean impartidas por el patrón o por las personas que este designe.

Conducirse en el centro de trabajo con la prevención y cuidados necesarios para evitar riesgos, someterse a los exámenes médicos que determine el patrón, utilizar el equipo de protección personal proporcionado por el patrón y cumplir con las demás medidas establecidas para prevenir riesgos.

En el capítulo octavo, que nos habla sobre la ventilación, articulo 99, nos describe que los centros de trabajo deberán contar con ventilación natural o artificial adecuada y en el capitulo decimoprimero, de los servicios para el personal, el artículo 103, describe que cada centro de trabajo debe tener sistemas higiénicos de agua potable, lavabos, regaderas, vestidores y casilleros, así como excusados y mingitorios dotados de agua corriente, separados de los hombres y mujeres y marcados con avisos de señales que ellos identifiquen, así como en el articulo 104, dice que el patrón lugares para consumo de alimentos y para la ubicación de tomas de agua potable y vasos desechables,

 

 

 

 

Bibliografía:

Anon. (2020): Reglamento de Seguridad e Higiene y Medio Ambiente del Sector Público Federal, in: https://maestria.universidadducens.edu.mx/pluginfile.php/8472/mod_resource/intro/REGLAMENTO%20de%20SHMAT%20SPF.pdf (accessed 28.10.2023).

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